En los entornos logísticos modernos, donde la presión por optimizar espacio, tiempos y costos es constante, decisiones que parecen menores —como la ubicación exacta de una estiba dentro de una estructura de almacenamiento— pueden tener implicaciones críticas en materia de seguridad y salud en el trabajo. Una de estas decisiones es la colocación de estibas en la punta o extremo superior del rack, al ras de los largueros o puntales.
La pregunta es inevitable: ¿es realmente viable esta práctica o estamos normalizando un riesgo operativo innecesario? Este artículo analiza el tema desde perspectivas técnicas, de seguridad y eficiencia, incorporando referencias a normativas internacionales, con énfasis en Latinoamérica y Europa, para proporcionar una visión equilibrada y fundamentada.
Desde el punto de vista técnico, la punta del rack constituye una zona estructuralmente sensible. Los largueros y puntales están diseñados para soportar cargas bajo condiciones específicas y para distribuir los esfuerzos de manera controlada a lo largo de la estructura. Cuando una estiba se apoya directamente sobre esta zona —especialmente en ausencia de sistemas de contención— se modifica el comportamiento mecánico esperado del rack. Esto puede derivar en desplazamientos no previstos, concentraciones de esfuerzo y, en escenarios críticos, fallas estructurales.
Normativas europeas como la EN 15512:2009 (Sistemas de almacenamiento estáticos de acero. Sistemas de estanterías ajustables para palets. Principios para el diseño estructural) enfatizan la necesidad de calcular las cargas de manera precisa, considerando factores como la distribución del peso y la estabilidad lateral. En Latinoamérica, estándares como la NOM-006-STPS-2014 de México (Manejo y almacenamiento de materiales. Condiciones de seguridad y salud en el trabajo) requieren que las estructuras de almacenamiento eviten riesgos de colapso, promoviendo el uso de refuerzos estructurales en zonas vulnerables.
En términos de seguridad laboral, el riesgo es significativo. Una estiba ubicada en la punta incrementa la probabilidad de caídas laterales, especialmente ante eventos como impactos de montacargas, vibraciones, maniobras bruscas o incluso sismos. Este tipo de incidentes no solo compromete la estabilidad del sistema de almacenamiento, sino que expone directamente a conductores, auxiliares y personal de cargue y descargue a eventos de alto potencial lesivo. Golpes por caída de mercancía, atrapamientos y sobreesfuerzos son consecuencias frecuentes asociadas a este tipo de configuraciones.
La Directiva 2009/104/CE de la Unión Europea (Uso de equipos de trabajo) establece que los empleadores deben evaluar y mitigar riesgos en el uso de equipos, incluyendo sistemas de almacenamiento. En Brasil, la NR-11 (Transporte, movimentação, armazenagem e manuseio de materiais) dicta que las pilas de materiales deben ser estables y no exceder límites que comprometan la seguridad, con énfasis en la prevención de caídas. En Chile, la NCh 3703 (Diseño estructural de sistemas de almacenamiento industrial) incorpora consideraciones sísmicas, obligando a diseños que resistan temblores sin comprometer la integridad de las cargas en extremos.
En Argentina, el Decreto 351/79 (Reglamento de Higiene y Seguridad en el Trabajo) requiere que los sistemas de almacenamiento cuenten con dispositivos de contención para prevenir caídas, mientras que en Colombia, la Resolución 0312 de 2019 (Estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo) obliga a identificar y controlar riesgos en operaciones de almacenamiento, incluyendo la colocación de estibas en posiciones expuestas.
Desde la óptica de la eficiencia operativa, maximizar la utilización del espacio volumétrico es un objetivo legítimo en la gestión de almacenes. Sin embargo, este beneficio es relativo. En logística, la eficiencia no se mide únicamente en metros cúbicos aprovechados, sino en continuidad operativa, confiabilidad del sistema y control del riesgo. Una ganancia marginal de espacio pierde sentido si incrementa la probabilidad de incidentes, daños a la infraestructura o interrupciones de la operación.
La EN 15635:2008 (Sistemas de almacenamiento estáticos de acero. Aplicación y mantenimiento de los equipos de almacenamiento) recomienda inspecciones regulares y mantenimiento para asegurar la eficiencia a largo plazo, evitando prácticas que comprometan la durabilidad de los racks.
Las buenas prácticas internacionales en seguridad logística coinciden en un principio fundamental: la carga debe apoyarse exclusivamente sobre superficies diseñadas para soportarla y debe asegurarse mediante sistemas que mitiguen el riesgo de caída, como topes, mallas o redes antivuelco. La punta del rack —salvo que esté específicamente diseñada como superficie portante o que cuente con un tramo libre de columna o puntal de al menos 50 cm desde el extremo superior de la última viga, y la estiba no exceda en altura 3 veces el largo de la base— no cumple con este criterio. En consecuencia, su uso como punto de apoyo directo para estibas debe considerarse una excepción técnica, no una práctica estándar.
Ahora bien, ¿esto significa que nunca puede colocarse una estiba en la punta del rack? No necesariamente. Existen escenarios controlados en los que esta práctica puede ser viable, siempre que se cumplan condiciones estrictas:
En ausencia de estos elementos, la decisión deja de ser técnica y se convierte en una improvisación operativa.
En conclusión, el debate no gira en torno a si “se puede” o “no se puede”, sino bajo qué condiciones resulta aceptable hacerlo sin comprometer la seguridad. En la logística moderna, cada decisión debe responder a un enfoque preventivo, donde la seguridad y salud en el trabajo no sea solo un requisito documental, sino un criterio real de diseño y operación. Colocar una estiba en la punta sin control es, en el mejor de los casos, una apuesta; en el peor, un accidente esperando ocurrir. Recomendamos a los operadores logísticos consultar las normativas locales y realizar evaluaciones de riesgo regulares para alinear eficiencia con seguridad.
Referencias:
Avisos